Guía práctica para extranjeros residentes en la Argentina, basada en la Ley de Ciudadanía Nº 346 y en el proceso judicial vigente.
Sos extranjero/a mayor de 18 años, residís en el país de forma continua desde hace 2 años, y manifestás tu voluntad de ser ciudadano/a ante un juez federal.
Naciste en el exterior pero tu padre o madre es argentino/a nativo/a: podés optar por la ciudadanía de origen acreditando ese vínculo ante un juez federal.
Si naciste en territorio argentino, ya sos argentino/a nativo/a sin importar la nacionalidad de tus padres.
Si todavía no tenés residencia legal en el país:
Solicitás un turno por correo a cartadeciudadania@pjn.gov.ar, confirmando que tenés toda la documentación.
Te presentás en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, donde te asignan un juzgado y un número de expediente.
Presentás la documentación en ese juzgado y, a la semana, te otorgan un turno para la entrevista.
Durante el proceso se tramitan los oficios (pedidos de información a Migraciones, Interpol, Renaper, Policía, embajada de tu país de origen, entre otros) y los edictos (publicación en un diario, para que terceros puedan oponerse).
Juramento y firma: se te entrega la Carta de Ciudadanía.
Con la Carta, tramitás tu DNI como ciudadano argentino y unificás tu CUIL/CUIT.
En Notro Gestoría te acompañamos con la residencia, armamos tu carpeta y seguimos tu expediente judicial.